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¿Tengo riesgo si acepto una herencia? Herencia a beneficio de inventario.

En principio, una herencia implica normalmente recibir bienes y dinero; ahora bien, no siempre es así, especialmente hoy en día.

En efecto, la aceptación de la herencia implica hacerse cargo de todos los bienes y derechos del fallecido, pero (atención) también de todas sus deudas y obligaciones. Y no es infrecuente, en estos momentos, que las deudas puedan ser superiores a los bienes y al dinero.

A lo largo del ejercicio profesional de la abogacía me he encontrado con casos en los que ha sido totalmente aconsejable aceptar la herencia a beneficio de inventario, particularmente en estos últimos años.

¿Qué pasa si en la herencia hay más deudas que bienes o dinero?
En ese caso, si se acepta la herencia sin hacer ningún tipo de reserva, el heredero puede encontrarse con sorpresas muy desagradables. Así, si el pasivo es superior al activo, entonces el heredero estará obligado a pagar de su bolsillo todas las deudas del fallecido, aunque sean superiores a los activos de la propia herencia. Será un muy mal negocio.

¿Se puede aceptar solo los bienes de la herencia y rechazar las deudas?
En realidad no se pueden aceptar solo los bienes y rechazar las deudas, pero lo que sí se puede hacer es aceptar a beneficio de inventario. Esto implica que el heredero solo pagará hasta donde alcancen los bienes o derechos de la herencia, sin que afecte a su patrimonio personal.

¿Cómo se hace la aceptación a beneficio de inventario?
Es necesario realizar una declaración expresa y solemne ante el Juzgado o ante notario.

¿Qué plazo hay?
Atención, el plazo puede ser muy corto: 30 días desde que se tiene conocimiento de que se es heredero.

¿Qué efectos tiene la aceptación de la herencia a beneficio de inventario?
Limita la responsabilidad por deudas al propio activo (bienes y derechos) de la herencia, evitando que el heredero tenga que pagar de su propio bolsillo las deudas del fallecido.

Derecho a deliberar
No obstante, antes de aceptar la herencia, ya sea a beneficio de inventario o no, existe el derecho a solicitar el derecho a deliberar en el plazo de 10 días desde que se tiene conocimiento de que se es heredero, salvo que no se tengan los bienes en su poder.

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Questions and answers about the new agreed or contractual succession law of the Balearic Islands

Spain is a multi-legislative State and the Balearic Islands have their own civil law that, historically, allows inheritance to be transmitted not only by will or by law, but also through succession agreements (transmissions during life with a succession nature). The new law develops and modernizes this figure, expanding its regulation to provide legal certainty, adapt it to the current reality and differentiate its application according to the island (Mallorca and Menorca; Eivissa and Formentera). In addition, it clarifies key aspects for legal operators and administration, and introduces new features such as greater flexibility, regulation of revocation and possible withdrawals in certain cases.

Are the definitions revocable?

Ruling 1/2023, of January 13, of the Superior Court of Justice of the Balearic Islands has reopened the debate on a key issue in Balearic inheritance law: whether the definitions (succession agreements) are revocable or not. Starting from a case of donation, renunciation of legitimate rights and subsequent family conflict, we analyze what the previous regulations said, what criteria the jurisprudence has established and how Law 8/2022 finally introduces express causes of revocation for this type of agreement.

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